La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) impuso al Banco del Bienestar cinco multas que suman 4.1 millones de pesos, luego de identificar diversas irregularidades en sus controles internos y operativos. Las sanciones fueron notificadas el 16 de abril.

Entre las causas que motivaron las multas destacan: el incumplimiento de obligaciones de gestión integral de riesgos (multa de 1,441,000 pesos), registros contables incorrectos (2,074,000 pesos), e incumplimiento de disposiciones de carácter prudencial de la CNBV (622,000 pesos).

Una de las principales irregularidades señaladas fue que el banco omitió implementar medidas adecuadas en los procedimientos de retiro de efectivo en su red de sucursales, con el fin de prevenir que terceros o personal interno pudieran cometer actos ilícitos o irregulares. Asimismo, se señaló que en 2022 la institución no reconoció correctamente todos los costos relacionados con la construcción y puesta en operación de más de 2,500 sucursales impulsadas durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El banco responde con un amparo

Ante las sanciones, BanBienestar interpuso una demanda de amparo en la que acusa a la CNBV de causarle un daño reputacional irreversible al publicar las multas en su portal oficial, tal como lo exige la Ley de Instituciones de Crédito (LIC). El banco argumenta que dicha publicación equivale a una exhibición pública anticipada que genera descrédito y afecta su honor e imagen institucional dentro del sistema financiero.

Adicionalmente, el banco solicitó que se declare inconstitucional el artículo 108 Bis 8 de la LIC, que obliga a la CNBV a difundir públicamente las sanciones impuestas, calificándolo como una forma de «picota digital» que permite divulgar infracciones que aún no han sido confirmadas judicialmente.

Antecedentes y contexto

Desde 2020, la CNBV había aplicado alrededor de 30 multas previas a BanBienestar, aunque por montos menores —aproximadamente 300,000 pesos cada una. Las cinco multas de abril representan montos significativamente mayores, tres de ellas superiores al millón de pesos.

Cabe mencionar que, dado el volumen de inversión en infraestructura de sucursales, el banco obtuvo en junio de 2024 un permiso especial de la CNBV para no sujetarse al artículo 55 de la LIC, que limita al 60% la proporción del capital neto que un banco puede tener invertida en inmuebles, mobiliario y equipo. La CNBV autorizó a BanBienestar mantener hasta el 69.3% de su capital en esos rubros, con vigencia hasta diciembre de 2028.

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